Recientemente se ha publicado una resolución 13 de junio de 2019, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019 relativos a las cuotas nacionales y provinciales.
Y se establece el lugar de pago de dichas cuotas. Para las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019, se establece que su cobro se realice a través de las Entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que a tal efecto se hará llegar al contribuyente. El plazo de ingreso en período voluntario comprenderá desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2019, ambos inclusive.
Quien tiene que pagar e I.A.E,
Tras el establecimiento de diversas exenciones en el IAE, están obligados a pagar dicho impuesto las personas jurídicas y las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (herencias yacentes, comunidades de bienes, sociedades civiles, etcétera) que realicen en territorio nacional actividades económicas, siempre que el importe neto de cifra de negocios supere la cantidad de 1.000.000 euros.
Las personas físicas están exentas.
Se paga el IAE en el municipio donde se desarrolle la actividad.
¿Qué empresas tienen que pagar el IAE?
Todo el mundo está obligado a darse de alta pero no siempre tendrán que pagarlo. Y es que existen dos excepciones que liberan a muchos de esta carga tributaria:
- Las sociedades en sus dos primeros años de actividad están exentas.
- A partir del tercer año, se debe pagar si se factura más de un millón de euros anuales.
Con estos requisitos la realidad es que muchas pequeñas empresas no se ven obligadas a pagar este impuesto ya que no llegan a la cifra mínima para ello.
¿Qué epígrafes del IAE existen?
Como decíamos, dependiendo de la actividad a la que te dediques tendrás que darte de alta en un IAE u otro.
Para saber cuál te corresponde debes consultar el listado de epígrafes de la Agencia Tributaria y buscar el tuyo. Ahí encontrarás un número que deberás indicar en el modelo 036 cuando te des de alta como persona jurídica en Hacienda.
Los epígrafes se dividen en tres categorías:
- Actividades empresariales: ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios.
- Actividades profesionales.
- Actividades artísticas.
Del mismo modo, si te dedicas a varias actividades que están dentro de IAE diferentes tendrás que darte de alta en todos los que sean necesarios.