Estimado Cliente,
Como todos los años, venimos a informarles de la renovación del contrato suscrito con nuestro Despacho, relativo a las “NOTIFICACIONES ELECTRONICAS”.
Para los clientes que aún no lo tengan suscrito, por ser nuevos en este despacho, les informamos que todas las empresas que sean Sociedad Mercantiles, están obligadas a leer el “buzón telemático” dispuesto por la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social, para recibir comunicaciones y notificaciones de las dos administraciones.
También es obligatorio para todos los “Trabajadores Autónomos”, acceder al buzón de la TGSS para recibir dichas notificaciones y comunicaciones. De tal manera que un contribuyente ya no recibe nunca más notificaciones y requerimientos en papel relativos a la Seguridad Social.
Dicho buzón telemático solo se puede acceder con certificado digital y es aconsejable abrirlo dos veces por semana para que no caduquen las notificaciones, pues pasados 10 días desde que la AEAT o la TGSS haya depositado las comunicaciones o notificaciones, quedaran por ley notificadas y comenzaran a contar los plazos, para atender requerimientos, recurrir, etc.
En cuanto al certificado digital, hoy en día, es obligatorio obtenerlo para comunicarse con las administraciones. Por ello nuestro Despacho le ofrece un servicio de obtención del mismo.
Les reseñamos la normativa referente a las notificaciones electrónicas:
- Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
(BOE, 02-octubre-2015) - Ley 39/2015, de 1 de octubre
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
(BOE, 02-octubre-2015) - Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre,
por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
(BOE, 16-noviembre-2010)
En cuanto a la normativa de la Tesorería General de la Seguridad Social;
La Orden ISM/903/2020, de 24 de septiembre, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social., establece el marco normativo para la práctica de notificaciones y comunicaciones telemáticas por la Administración de la Seguridad Social.
Para facilitar la gestión de todos estos procesos este despacho, ya viene ofreciendo a los clientes que han sido incluidos en dichos sistemas, el servicio de gestión de los buzones telemáticos. De tal forma, que el Cliente nos encarga la gestión para que seamos nosotros, los responsables de recibir dichas comunicaciones y notificaciones, manteniéndole en todo momento, informado de aquellas notificaciones que haya recibido dentro del plazo legal para poder en su caso, proceder a efectuar los recursos que procedan o simplemente a dejarle constancia de la notificación o comunicación recibida.
Por tanto, vamos a renovar el contrato de gestión de los buzones telemáticos que tenemos suscrito con usted, para la prestación del servicio de atención de notificaciones y comunicaciones de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, para el ejercicio 2021.
Caso de que usted quiera responsabilizarse personalmente de los buzones, tanto de la Agencia Trituraría como el de la Tesorería de la Seguridad Social y no quiera seguir con este servicio, le rogamos se ponga en contacto con nuestro despacho para que procedamos a dar de baja el apoderamiento, procediendo a la revocación en la Administración Tributaria y S. Social.
Para los nuevos clientes, les rogamos se pongan en contacto con nosotros, con el departamento de atención del cliente; Susana Palma Martínez, les atenderá encantada.